domingo, 5 de noviembre de 2023

PLAZO PARA LA INSCRIPCIÓN DE LA EMPRESA EN FAOV EN LÍNEA


Las empresas que no se afiliaron al sistema FAOV en linea dentro de los 30 días hábiles contados a partir de la fecha de su constitución (GO No. 39.775, 10/10/2011), deberán cumplir una serie de pasos y requisitos para desbloquear el RIF.

LINEAMIENTOS PARA LA AFILIACIÓN AL SISTEMA DEL FONDO DE AHORRO OBLIGATORIO PARA LA VIVIENDA Y FONDO VOLUNTARIO PARA LA VIVIENDA (GACETA OFICIAL No. 39.775 DE FECHA 10 DE OCTUBRE DE 2011)

 

En esta Gaceta Oficial quedan establecidos los lineamientos para la afiliación en el FAOV.

El artículo 1 establece que el plazo para efectuar tal registro será de 30 días hábiles contados a partir de su fecha de constitución en el Registro Mercantil o su creación a través de la publicación en Gaceta Oficial.

Asimismo, es el plazo de treinta (30) días hábiles siguientes al ingresos a la empresa, para la afiliación de los empleados, incluso los empleados de confianza o de dirección al sistema (Artículo 2)

Las personas que no estén bajo relación de dependencia también pueden afiliarse al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda, y su aporte estará bajo su responsabilidad siendo este de mínimo el 3% calculado sobre la base de un salario mínimo (Artículo 3)


Accede a nuestro Manual práctico de afiliación FAOV



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