Con una unidad tributaria (U.T.) infravalorada, el ISLR en Venezuela además de gravar a personas naturales (físicas) con capacidad contributiva coloca en posición de contribuyente a cualquier persona con un ingreso mínimo.
La unidad tributaria ha dejado de equipararse a la inflación y ha dejado expuesto a personas naturales (físicas) que aún sin tener el mínimo requerido para declarar (1.000 U.T.) superan este umbral y los coloca en posición de contribuyentes de este impuesto.
La tarifa 1 que establece los porcentajes de progresividad del impuesto cualquier contribuyente puede saltar a la tarifa más alta. Todos pagan el máximo.
El desgravamen único (774 U.T.) y las rebajas personales dejan de ser relevante para el cálculo del impuesto al ser montos ínfimos.
Resumiendo podemos establecer algunas consecuencias de la Unidad Tributaria en 43 Bs.:
1. Extinción del mínimo requerido para ser contribuyente de este impuesto: 1.000 U.T. netas de enriquecimiento anual puede hacerlo incluso cualquier empleado que apenas puede cubrir sus gastos básicos, perdiéndose el principio de gravar la renta global y gravando a cualquier ciudadano con un ingreso mínimo mensual.
2. No hay progresividad del impuesto: la tarifa 1 del ISLR esta establecida según porcentajes en la progresividad de los ingresos, es decir, mas ganas mas impuesto debes contribuir. Una Unidad Tributaria en 43 Bs. desvanece la progresividad del impuesto: todos podemos saltar a la tarifa mas alta en 34%. Todos contribuimos al máximo.
3. Pulverización del Desgravamen Único: el Desgravamen Único es una deducción que permite la ley y que no contempla la necesidad de soportes probatorios. El Desgravamen Único se deduce de los ingresos gravables. La Ley de ISLR establece el Desgravamen Único en 774 U.T. (Articulo 58 de la Ley de ISLR). Con una Unidad Tributaria tan baja este monto de desgravamen pasa a ser un monto ínfimo y no representativo para deducir del ISLR.
4. Las rebajas de ISLR no son significativas: las rebajas de ISLR son beneficios con venia legal y que son aplicables directamente en el monto del ISLR calculado. Es decir, primero se aplica el Desgravamen Único y luego una vez determinado el ISLR se aplican las rebajas personales. Las rebajas de ISLR reflejan la realidad personal y familiar del contribuyente y no requieren soportes solo la verificación del vinculo de parentesco del contribuyente. La Ley de ISLR lo establece en 10 Unidades Tributarias propias y 10 Unidades Tributarias por cada carga familiar que cumpla las condiciones de la ley. Las rebajas del ISLR están contempladas en el articulo 59 de la Ley de ISLR. La Unidad Tributaria actual no cumple las expectativas de reflejar las realidades familiares y personales debido a la inflación que hace que cada 10 Unidades Tributarias sean montos prácticamente inexistentes como beneficio fiscal.
En contraposición, otrora las sanciones eran calculadas en Unidades Tributarias. Debido a que estas sanciones no representan un monto significativo no desalientan el incumplimiento del contribuyente.
Las sanciones ahora están establecidas en el tipo de cambio oficial de mayor valor establecido por el Banco Central de Venezuela según el Código Orgánico Tributario colocando al contribuyente en una posición de presión y perdida frente a un incumplimiento.
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