jueves, 26 de febrero de 2026

Evita multas y optimiza tu gestión patronal: Lo que todo empresario debería saber sobre el IVSS y el Sistema Tiuna

 

El Seguro Social es un deber de carácter parafiscal. Como todo deber, es obligatorio y esta orientado a la recaudación de contribuciones mixtas: una parte aporta el patrono (o empresa, persona jurídica, firma personal) y otra parte la aportan los empleados activos (e inactivos).

Definamos, primeramente, que son tributos parafiscales:

Son tributos creados por el gobierno que reúnen fondos destinados a financiar un grupo o fin especifico. La palabra "parafiscalidad" se refiere a tributos no fiscales, impuestos no fiscales.

El Seguro Social esta legislado por su propia ley y reglamento y, en algunos casos, se homologan en la ley y el reglamento del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.

La Ley del Seguro Social esta equiparada actualmente a la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (Gaceta Oficial Nº 39.912 del 30 de abril de 2012) siendo el órgano rector El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales.

Su finalidad principal es cubrir contingencias del empleado, del ciudadano asegurado como enfermedades, accidentes, maternidad, vejez, sobrevivencia, invalidez, paro forzoso (cesantía).

En el reglamento de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social se contempla las regulaciones en relación a los cálculos, plazos y porcentajes que es lo que ocupa, centralmente, esta publicación.

El Titulo III del Reglamento de la Ley del Seguro Social (Decreto N 8.922 24 de abril de 2012) en la Sección I, se establece la obligación del patrono de inscribirse al Seguro Social lo cual debe hacerse en la caja regional de su jurisdicción teniendo un plazo de 3 días hábiles inmediatos al comienzo de su actividad presentando los empleados bajo su cargo. (Articulo 58, Reglamento de la Ley del Seguro Social)

Nos detenemos en este articulo ya que con la implementación del Sistema Tiuna, el procedimiento para realizar la inscripción en la Seguridad Social ha cambiado. 

El Sistema Tiuna es un procedimiento automatizado online para la inscripción patronal y de empleados implementado por el Estado venezolano a inicios del 2010. Es una herramienta tecnológica que registra empleadores, empleados (afiliación y retiros), modificaciones de salario y descargar estados de cuenta del empleador reemplazando los métodos manuales.

Bajo este sistema automatizado, para inscribir la empresa y los empleados en condición de relación laboral, primero debemos generar una planilla, esperar aprobación de la planilla con respectivo otorgamiento del Numero Patronal, usuario y clave para entrar al Sistema de Autoliquidación Tiuna y luego afiliar los empleados. Esta planilla digital donde se vacían los datos del empleador seria el equivalente a la forma manual F01. Recomiendo guardar esta planilla digital, recibida y firmada por el Seguro Social, ya que es el equivalente a la Forma 01 y si no la tienes o la extravías luego no podrás volverla a obtener a menos que presentes la solicitud en la caja regional de la jurisdicción donde se encuentre la empresa.

El artículo 63 del Reglamento de la Ley del Seguro Social establece 3 días para la afiliación de los empleados asi como también establece en el artículo 73 un lapso de 3 días para realizar el retiro del trabajador.

A los efectos de fiscalizaciones recomiendo llevar lo contenido en el artículo 87 denominado un registro del personal al servicio del empleador que deberá conservarse por 5 años.

Sobre la forma de cálculos de las cotizaciones del Seguro Social es imprescindible conocer el salario del empleado y como recibe el pago de su salario, quedando establecido en el artículo 99.

Para determinar las cotizaciones deberá tomarse en cuenta si el empleado  percibe su remuneración diaria o mensual. 

El literal a del artículo 99 establece que cuando el empleado perciba su remuneración diariamente, las cotizaciones del Seguro Social deberá multiplicarse el salario por 7.

Si el empleado percibe su remuneración con frecuencia mensual deberá multiplicarse por 12 y el resultado obtenido dividirse entre 52. Siendo esto el salario de un mes multiplicado por 12 meses y dividido entre 52 semanas (número de semanas en un año)

Ejemplo para salario pagado mensual:

Salario: 500 Bs.

Cotización Seguro Social  500 × 12 = 6000 

Luego 6000 × 52 / 115,38 Bs

Cotización semanal de Seguro Social 115,38 Bs.

El artículo 100 establece como se pagará esas cotizaciones pudiendo ser periodos de 4 semanas o de 5 semanas.

La Sección II del Reglamento de la Ley del Seguro Social se establecen las tarifas. Las tarifas están segregadas en categorías según el tipo de empresa: Riesgo Mínimo, Riesgo Medio, Riesgo Máximo.

El Artículo 192 clasifica a las empresas en tres niveles de riesgo operativo: Mínimo (manufactura ligera, instituciones docentes y sin fuerza motriz), Medio (actividades no incluidas en otras clases) y Máximo (construcción, minería, transporte, explosivos y manejo de materiales peligrosos). Esta categorización permite identificar la peligrosidad operativa de cada industria, incluyendo las que utilizan fuerza motriz elevada.

Las cotizaciones serán calculadas según las siguientes tarifas y atendiendo el riesgo clasificado para la empresa, atendiendo el artículo 109, quedaría establecido de la siguiente forma:

Riesgo Mínimo    

Patrono: 9%: Asegurado: 4%

Riesgo Medio:

Patrono: 10%: Asegurado: 4%

Riesgo Máximo:

Patrono: 11%: Asegurado: 4%


Este cálculo será efectuado sobre el salario que según el articulo 83 del Reglamento de Ley del Seguro Social se define como la retribución que percibe un trabajador por la labor que ejecuta y comprende lo pagado diariamente, comisiones, horas extras siempre que ocurran con frecuencia regular.

Administrar correctamente las cotizaciones del IVSS no es solo una tarea de cumplimiento contable, es el blindaje legal que protege tanto la operatividad de tu empresa como el bienestar de tu equipo humano. 

Un error en los plazos de inscripción puede traducirse en sanciones evitables o en la desprotección del trabajador ante contingencias. 

¿Tienes al día tu registro del personal según el artículo 87 o necesitas revisar tus cálculos de semanas laborales? 

Mantener el orden hoy es la mejor inversión para evitar complicaciones en futuras fiscalizaciones.




No hay comentarios:

Publicar un comentario