Las Asociaciones Civiles tienen conformación jurídica y están orientadas a beneficios sociales, culturales, deportivos, educativos y religiosos.
Sin embargo en el área fiscal deben estar muy bien alineadas para evitar cargas impositivas pesadas.
Las Asociaciones Civiles deben estar conformadas sin fines de lucro ya que al tener carácter social deben estar orientadas a procurar bienestar de sus asociados o la comunidad.
Esta característica es lo que le otorga el principal beneficio en materia de ISLR: la exención del impuesto.
Esta exención significa que aunque genere utilidades, no están sujetos al pago del ISLR ya que se supone que ese excedente será reinvertido en el objeto de índole social de la asociación.
La Administración Tributaria debe conceder un certificado de exención y para otorgarse y gozar del beneficio debe reunir los siguientes requisitos:
1.- Los dividendos no se deben repartir entre los asociados.
2.- En los estatutos sociales debe definir claramente que es una entidad sin fines de lucro.
3.- Los datos fiscales deben estar siempre vigentes y actualizados para la Administración Tributaria.
Sin embargo las Asociaciones Civiles aún estando exentas del ISLR están obligadas a presentar la declaración de ISLR según lo establecido en el artículo 79 de la Ley de ISLR. Están exentas del pago pero no de la obligación.
Esto es el cumplimiento del deber formal de cumplir con la obligación de declarar sus ingresos, costos y gastos. Se debe cumplir con el deber formal de la declaración de ISLR para asegurar la transparencia en sus actividades.
Es importante recalcar que si una Asociación Civil no cumple con la declaración de ISLR dentro de los plazos establecidos, generalmente dentro de los 3 primeros meses del año, pierde el beneficio de la exención del ISLR automáticamente.
Adicionalmente a la pérdida de exención pasará a tributar como una empresa mercantil aplicando las tarifas correspondientes a sus ingresos. Y obviamente, estará sujeta a las sanciones establecidas en el Código Orgánico Tributario.
¿Estás seguro de que tú gestión administrativa está protegiendo tu exención?
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