domingo, 19 de abril de 2026

Nociones básicas de Precios de Transferencia: 5 métodos para valorar transacciones entre filiales.

 

Los precios de transferencia representan unos de los pilares comerciales e impositivos más complejos entre filiales de una misma empresa.

En la fiscalidad moderna se trata de fomentar un tratamiento tributario justo para las filiales en paises donde, aunque existan sistemas tributarios desemejantes o de baja imposición, pretende que el país donde se genera la operación comercial de compras o ventas de bienes o servicios vinculados a una misma empresa exista paridad tributaria y evite la doble tributación.

Existen transacciones comerciales entre empresas filiales donde se desarrollen actos de comercio como por ejemplo: venta de materia prima, prestación de servicios, transferencia de tecnología y es posible que esas transacciones comerciales no tengan la misma transparencia o el tratamiento que podría tener la misma transacción con terceros. Podría ser común asumir o promover la manipulación de montos para mover las utilidades hacia países de bajo regímenes impositivo.

El precio de transferir esos bienes, servicios, tecnología es relevante en el ámbito tributario, y en virtud de esto se conviene en un pacto entre las dos empresas donde se establecen los mismos precios y condiciones que podrían ofrecerse si las mismas operaciones comerciales se desarrollaran o se ejecutaran con un tercero independiente a la empresa filial.

Se pretende establecer precios abiertos y competitivos para garantizar equidad tributaria en las transacciones y la doble fiscalidad. (Principio de Operación Independiente).

Antes de la inclusión del capítulo sobre precios de transferencias en la Ley de ISLR, algunas multinacionales gozaban de libertad de fijación de precios lo cual podría erosionar la base imponible de algunas de las empresas relacionadas. 

La legislación tributaria adoptó normas para que el dinero generado de manera local en nuestro país sea base imponible justa de tributación correspondientes aquí.

Los precios de transferencia fueron introducidos por primera vez en la Reforma Parcial de la Ley de ISLR en el año 1999.

El Capítulo II de dicha ley tiene por enunciado Régimen de Transparencia Fiscal Internacional y en sus primeros artículos establece los sujetos a este régimen.

En el Capítulo siguiente de la Ley de ISLR (1999) se desarrollan los precios de transferencia. El artículo 114 establece los métodos de cálculos y deducciones relativos a bienes o servicios adquiridos en el exterior entre partes vinculadas, para determinar la admisión del monto siempre que no exceda el precio que determine cada uno de los métodos.

1. Precio Comparable no Controlado: método directo. Compara el precio de un producto con el precio de ese producto de dos empresas que no tienen nada que ver entre sí. (Artículo 135, Ley de ISLR, 2015)

2. Precio de Reventa: tomando el precio de venta al cliente final para restar un margen de utilidad normal buscando la determinación de un precio justo entre las filiales.  (Artículo 136, Ley de ISLR, 2015)

3. Costo de Producción (Método de Costo Adicionado): tomando el costo de producir un bien se le suma el margen de utilidad que devengaría cualquier empresa del mismo sector. (Artículo 137, Ley de ISLR, 2015)

4. Márgenes Transaccionales de Utilidad de operación (Método de División de Beneficios): sumando ganancias totales de operación entre empresas vinculadas y repartiendo lo que cada una aportó. (Artículo 138, Ley de ISLR, 2015)

La Ley de ISLR introduce en la reforma del año 2015, un método adicional a los anteriores para determinar el precio entre partes vinculadas:

5. Método Marginal de la Transacción (Margen Neto Transaccional): se toma en cuenta el porcentaje de ganancia neta que se obtuvo en la operación para compararla con las utilidades obtenidas por empresas independientes en negocios similares. 

La adopción de cualquiera de estos métodos está sujeto a la evaluación de la Administración Tributaria. (Artículo 140 de la Ley de ISLR, año 2015).


Los precios de transferencia aseguran la equidad tributaria y previenen la erosión de la base imponible. Establecido en la legislación venezolana desde 1999, este marco normativo, actualizado en 2015, obliga a las empresas vinculadas a utilizar métodos de valoración comparables, garantizando que las utilidades se tributen donde se generan.




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