domingo, 12 de abril de 2026

La Declaración definitiva de ISLR es solo un "ajuste de cuentas".

 

La verdadera columna vertebral de la recaudación tributaria son las retenciones de ISLR.

Las Retenciones de ISLR representan para el fisco su herramienta de fiscalización mas potente y su fuente de liquidez mas estable.

No solo se trata de pagarle anticipos a un tercero, se trata de pagos mensuales, recurrentes y obligatorios que deben realizar los contribuyentes establecidos en la Ley.

El Decreto 1808 emitido en 1997, es el reglamento parcial de la Ley de ISLR en materia de retenciones de ISLR y que garantiza la recaudación fiscal anticipada y periodica. La dinamica de las retenciones establece a un Agente de Retención quien al contratar un servicio debe practicar una retención al momento del pago de dicho servicio y luego pagar el monto retenido a la Administración Tributaria.

Sin embargo estas retenciones no solo gravan un servicio (persona natural o juridica) sino también los sueldos y salarios. Este porcentaje de retención se establece mediante un cálculo previsto en la Ley.

¿Quiénes son considerados Agentes de Retención?

Son Agentes de Retención de ISLR toda persona jurídica (empresas), personas naturales (firmas personales o patronos), entidades públicas, sociedades de personas (asociaciones civiles) y cooperativas sin importar sin han sido calificadas como Sujeto Pasivo Especial.

El artículo 27 del Código Orgánico Tributario establece quienes son responsables como agentes de retención o de percepción.

En la Ley de ISLR en el artículo 7 también se enumeran los contribuyentes responsables.

Es importante destacar que es de carácter obligatorio practicar la retención de ISLR, emitir comprobante de retención y pagar lo retenido a la Administración Tributaria.

El incumplimiento de esta obligación tiene consecuencias sancionatorias según lo establecido en el artículo 115 del Código Orgánico Tributario que van desde 500% del monto no retenido o percibido.

La Retención de ISLR podria ser un mecanismo cruzado de control ya que la Administración Tributaria posee la información del ingreso del beneficiario incluso mucho antes de que las declare en su impuesto definitivo anual.

Ademas para el beneficiario son anticipos que luego puede descargar de su declaración definitiva anual disminuyendo la carga tributaria final y mejorando su flujo de efectivo. Son beneficios fiscales para el contribuyente.

Procesos actuales para procesar las retenciones de ISLR

Para poder procesar y determinar la planilla de liquidación de las retenciones de ISLR, es necesario conocer la Providencia Administrativa 0095, de fecha 22 de septiembre de 2009.

La planilla Forma 0074 que anteriormente era de adquisición en las taquillas y llenado manual o mecanografo, pasó a ser una planilla digital con codigos preestablecidos según las actividades contempladas en el Decreto 1808 y con un plazo de 10 días hábiles para liquidar el monto retenido. 

Esta planilla ahora es una macro empaquetada en un archivo XML que se transmite y arroja un monto a pagar por concepto de Retenciones de ISLR.

Es notorio la amplitud del plazo para el pago del tributo ya que en el Decreto 1808 en el artículo 21 el plazo era de 3 días hábiles. 

Además la Providencia Administrativa 0095 introdujo la obligación de realizar declaración de retenciones en cero, garantizando una carga de información para la Administración Tributaria como parte del proceso de retención de ISLR.

En el Derecho Administrativo, las Providencias Administrativa tienen menor jerarquía frente a un Decreto, pero la regulación de deberes formales y el control e implementación de una plataforma electrónica dejó prácticamente obsoleto el plazo de enteramiento establecido en el Decreto 1808.

Las retenciones de ISLR son el ingreso mensual que recibe la Administración Tributaria, pero para tu empresa, son una responsabilidad administrativa de alto impacto. 

¿Cumples con las retenciones de ISLR o te arriesgas a la sanción?"




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