lunes, 16 de febrero de 2026

De la planilla física a la macro digital: la evolución que todo contador debe dominar.

 


Las retenciones de ISLR son el adelanto que recibe el fisco cada vez que una empresa paga un servicio contratado.

Son los ingresos mensuales que generan ingresos públicos y, por tanto, son de suma importancia en fiscalizaciones.

El Decreto 1808 del año 1997 establecía un lapso de 3 días para poder pagar las retenciones de ISLR al Estado. 

El artículo 21 del Decreto 1808 en Materia de Retenciones de ISLR establecía este lapso de 3 días hábiles siguientes al mes en que se efectuó el pago y plazo de un día hábil en el caso de las ganancias fortuitas.

Pero luego la Providencia 095 publicada en el año 2009 cambió los plazos y la forma de presentación y pago de las retenciones de ISLR.

Digitalizó el proceso obligando a analistas, asistentes, contadores y en algunos casos hasta dueños de empresas a entender una hoja de excel macro que se llena mediante códigos de actividad relacionado con el porcentaje de retención, reduciendo el margen de error en cálculos.

Además de que luego esa macro debe ser cargada digitalmente en el portal de la Administración Tributaria para generar una planilla de pago que tiene un vencimiento de 10 días continuos siguientes al mes en que se efectuó el pago para ser enterada. También delimitó el plazo para los Contribuyentes calificados como Especiales cuya fecha de vencimiento está dada en la gaveta oficial anual según el último dígito del RIF.

Sin embargo, y pese a que con la práctica puede ser una labor sencilla, en ocasiones la carga de esta macro en el portal puede generar errores técnicos de sistemas que con los años he aprendido a solucionar sin consultar el manual.

Más allá de la simplificación o no simplificación del proceso estos adelantos impactan en la declaración definitiva anual de ISLR generando créditos fiscales que disminuyen la carga del impuesto definitivo y proporcionan un poco de respiro al flujo de caja.

Sin embargo, hay ocasiones en los cuales los créditos fiscales pueden ser excesivos o más altos que el ISLR a pagar generando un crédito fiscal no compensado.

¿Realmente estás calculando bien las retenciones de ISLR de los servicios que contratas para tu empresa?

En caso de que tu empresa sea prestadora de servicios, ¿tus clientes están reteniendo correctamente las retenciones de ISLR?


                                                            

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